DELITOS INFORMÁTICOS
Delito informático es la
acción u omisión con la cual se hace un comportamiento ilegal mediante un
elemento informático, logrando un objetivo específico donde se puede violentar
un sistema de información y así poder infringir, robar o dañar todo lo que
concierne a hardware, software y redes de datos o atentar ética y moralmente a
una persona afectando su buen nombre ante la sociedad.
A continuación se nombraran
los diferentes tipos de delitos enmarcados en el código penal colombiano.
Las leyes
1273 del 2009, 1032 de 2006, 1453
del 2011 de las principales
normas conocidas están implantadas en estas leyes, la cual modifica el código
penal, cuyo objeto de estudio es la protección de la información y los datos.
- Acceso
abusivo a un sistema informático: dentro de una empresa
podemos encontrar que los mismos empleados pueden ingresar y robar la
información no autorizada y también entes externos pueden ingresar
mediante medios de software para infringir
el sistema y robar información Privada de ella.
v
Artículo del código penal: 269 A
v
Ley: 1273 del 2009,
articulo 1
v
Pena: prisión de cuarenta
y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios
mínimos legales mensuales vigentes.
- Obstaculización
ilegitima de sistemas informático o red de telecomunicación: el
impedir el acceso a la red dentro de un área de trabajo con fines de
bloquear el funcionamiento normal de este sistema de información o red de
telecomunicación.
v
Artículo del código penal: 269 B
v
Ley:1273 del 2009, articulo 1
v
Pena: prisión
de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000
salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre y cuando la conducta no
constituya delito sancionado con una pena mayor.
- Interceptación
de datos informáticos: interceptar datos referentes a
una entidad que posee una
información importante con ánimo de lucro, por una persona no autorizada ya sea utilizando algún tipo de software
o medio tecnológico accediendo a esta información encriptada o sin ningún
respaldo de seguridad, para poder luego ser desmodulada para el intruso Informático.
v
Artículo del código penal: 269 C
v
Ley:1273 del 2009, articulo 1
v
Pena: prisión
de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000
salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- Daño
Informático: Persona o grupo que dañe, modifique, destruya o borre
información ya sea indirecta o directamente atacando el medio lógico de un
sistema de información.
v
Artículo del código penal: 269 D
v
Ley:1273 del 2009, articulo 1
v
Pena: prisión
de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000
salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- Uso
de Software Malicioso: el que venda, manipule
o adquiera software destinado para infringir algún daño ya sea espiando o
robando información de una red de datos o sistema informático.
v
Artículo del código penal: 269 E
v
Ley:1273 del 2009, articulo 1
v
Pena: prisión
de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000
salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- Violación
de datos Personales: Entes externos o internos que sustraigan ,vendan, utilicen o
modifiquen información privada de una persona o empresa contenida en
archivos y bases de datos sin ser
autorizados y el uso de ella sea
para fines de provecho propio o de un tercero.
v
Artículo del código penal: 269 F
v
Ley:1273 del 2009, articulo 1
v
Pena: prisión
de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios
mínimos legales mensuales vigentes.
- Suplantación
de sitios web para capturar datos personales:
el que imita o diseñe enlaces, páginas o correos que sean de destino de ip
diferente a la de dominio propio y
se dediquen solo a extraerle información personal a esta persona o entidad
con fines de acceder a sus cuentas bancarias u otro sitio personal.
v
Artículo del código penal: 269 G
v
Ley:1273 del 2009, articulo 1
v
Pena: prisión
de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000
salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre y cuando la conducta no
constituya delito sancionado con pena más
grave.
- Hurto
por medios informáticos y semejantes: Ente interno o externo que sin acceso autorizado sustraiga
información o manipule mediante un
medio informático.
Artículo
del código penal: 269 I
Ley:
1273 del 2009, articulo 1
Pena: prisión de cuarenta
y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios
mínimos legales mensuales vigentes, siempre y cuando la conducta no constituya
delito sancionado con una pena mayor.
- Transferencia
no consentida de activos: El que manipule una información con ánimo de lucro y consiga transferencia de cualquier
activo afectando a un tercero, la misma sanción se le dará a quien desarrolle un software para
lograr la realización de dicho objetivo.
v
Artículo del código penal: 269 B
v
Ley: 1273 del 2009, articulo 1
v
Pena: prisión
de cuarenta y ocho (48) a ciento veinte (120) meses y en multa de 200 a 1500
salarios mínimos legales mensuales vigentes, la misma sanción se le
impondrá a quien fabrique, introduzca,
posea o facilite programa de computador destinado a la comisión del delito
descrito en el inciso anterior, o de una estafa.
- Manipulación
de equipos terminales móviles Persona o grupo sin acceso que
modifique, reprograme, remarque
la información que se encuentra dentro de una base de datos de
una terminal móvil buscando un
beneficio propio, violentando la estructura del servicio de
comunicaciones.
v
Ley: 1453 del 2011, articulo 1
v
Pena: prisión
de seis (6) a ocho (8) años y en multa de seis (6) a setecientos (700) salarios
mínimos legales mensuales vigentes.
- Violación
a los derechos morales de autor: Cualquier persona que publiqué, escriba o utilice sin autorización
previa del titular o desarrollador, un programa de ordenador o soporte lógico ya sea
alterando el nombre del autor y así asumiendo ser el propietario de este.
Artículo
del código penal: 270
Pena: prisión de dos (2) a
cinco (5) años y en multa de 20 a 200 salarios mínimos legales mensuales
vigentes.
- Violación
a los derechos patrimoniales de autor y derechos conexos: el que reproduzca, distribuya, exhiba
públicamente, comercialice o utilice,
un soporte lógico o programa de ordenador sin previo consentimiento
del titular de este producto informático.
v
Artículo del código penal: 271
v
Ley:1032 de 2006, articulo 2
v
Pena: prisión
de cuatro (4) a (8) años y en multa de veinte y seis punto sesenta y seis
(26.66) a mil (1000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- Violación
a los mecanismos de protección de derecho de autor y derechos conexos y
otras defraudaciones: persona
que suprima, altere o extraiga la información esencial privada de una
empresa utilizando algún
dispositivo o sistema que permita descifrar información cifrada portadora
de programas importantes para la entidad.
v
Artículo del código penal: 272
v
Ley: 1032 de 2006, articulo 3
v Pena: prisión de cuatro (4)
a (8) años y en multa de veinte y seis punto sesenta y seis (26.66) a mil (1000)
salarios mínimos legales mensuales vigentes.
En la actualidad no se tiene
en cuenta los delitos anteriormente mencionados, por esta razón hay que dar a
conocer a la sociedad la importancia de la legislación de los delitos
informáticos que se aplican en Colombia para saber cuál es la presunta responsabilidad
que recae a cada individuo, Ya sea de tipo penal o civil, con el fin de no
cometerlos o ser víctimas de estos.
Los delitos informáticos mencionados atentan
con la ética y moral, economía y el buen nombre de las personas, es así como se
debe estar prevenidos ante esta situación, por esta razón la Policía ha creado
una página que permite demandar esta clase de delitos como:
v Claves programáticas espías:
conocidas como troyanos, o software espías, utilizadas para sustraer
información en forma remota y física, preferiblemente aquella que le permita al
delincuente validarse en el sistema bancario, suplantando a la víctima.
v Estafas a través de subastas en línea: se
presentan en el servicio de venta de productos, generalmente ilícitos, en línea
o en la red; se pueden encontrar celulares hurtados, software de aplicaciones
ilegales, además puede ser una vía de estafa ya que se suelen incumplir reglas
de envió y de calidad de los productos solicitados.
v Divulgación indebida de contenidos: son
conductas originadas en el anonimato ofrecido en la internet y el acceso
público sin control desde ciber cafés; entre ellas se encuentran el envío de
correos electrónicos anónimos, con fines injuriosos o calumnias, amenazas y
extorsiones.
v Pornografía infantil en internet: a
través de foros, chats, comunidades virtuales, transferencias de archivos,
entre otras modalidades, los delincuentes comercializan material pornográfico
que involucra menores de edad.
v Violación a los derechos de autor:
utilizando reproductores en serie, los delincuentes realizan múltiples copias
de obras musicales, videogramas y software.
v Piratería en internet:
implica la utilización de internet para vender o distribuir programas
informáticos protegidos por las leyes de la propiedad intelectual. Aquí
encontramos la utilización de tecnología par a par, correo electrónicos; grupos
de noticias, chat por relay de internet, orden postal o sitios de subastas,
protocolos de transferencia de archivos, etc.
No hay comentarios:
Publicar un comentario